Daño del asbesto para los trabajadores, un problema altamente tópico

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Entrevista con el abogado G. Meglio sobre los daños causados ​​y sobre las protecciones que pueden activarse

El asbesto es un mineral natural con una estructura fibrosa, con propiedades de absorción de sonido y aislamiento térmico, que tiene una amplia y variada aplicación industrial, donde existen necesidades de absorción de sonido y / o aislamiento térmico. Desde la década de 1940, la comunidad científica internacional ha destacado el peligro de la asbestosis (enfermedad respiratoria crónica) y de esos carcinógenos ( neoplasias respiratorias, cáncer pleural, peritoneo, pericardio, cáncer de pulmón relacionado con el asbesto, cáncer de vejiga). Sin embargo, a pesar de estas evidencias científicas indiscutibles, el asbesto ha continuado durante muchos años para ser extraído, procesado y utilizado en múltiples usos. “La salud pública, por lo tanto, se sacrifica a los intereses económicos de todo el país, con un impacto significativo en la economía de todo el país, Gianmarco Meglio de Caserta afirma, con énfasis, dos a los altos costos de las recaídas en la comunidad por enfermedades, por la seguridad social y por reclamos. Él ha podido proporcionar excelentes resultados y una compensación sustancial por el daño sufrido por sus trabajadores.

¿Abogado, cuando la opinión pública comenzó a comprender que la exposición al asbesto podría ser extremadamente peligrosa?

Diría que, desafortunadamente, la opinión pública percibió el peligro del asbesto cuando ya era demasiado tarde y los primeros daños, especialmente en algunos sectores industriales, ya estaban empezando a aparecer. Estamos hablando de miles de familias socavadas por el problema del CD. Daño a largo plazo, que es la manifestación de una enfermedad a una distancia de tiempo, incluso considerable, en comparación con la exposición al elemento patógeno.

En cierto momento, incluso en Italia, las instituciones empezaron a tener este problema en el corazón, para tratar de reparar un mal ampliamente consumido, ya que la clase política de esa época no se incorporó de inmediato a las normas de prevención europeas dictadas en este asunto desde 1980. ¿ Hoy qué cargos le incumben al empleador?

En nuestro país, durante varias décadas (hasta principios de la década de 1990), se hizo un uso indiscriminado de amianto en violación de las disposiciones de las leyes de prevención ya vigentes. Me refiero tanto al art. 2087 c.c. – según el cual “el empleador, en el ejercicio de la empresa, está obligado a tomar las medidas necesarias para proteger la integridad física y la personalidad moral de los trabajadores” – que en el art. 21 de la D.P.R. 303/56 – un estándar que apunta a prevenir enfermedades derivadas de la inhalación de todo el polvo (visible o invisible, fino o ultra fino), y de acuerdo con lo cual “en trabajos que normalmente dan lugar a la formación de polvo de cualquier tipo, el el empleador debe tomar medidas para prevenir o reducir el desarrollo y la propagación en el lugar de trabajo, teniendo en cuenta la naturaleza del polvo y su concentración en la atmósfera “. En la práctica, en el ejercicio de la actividad laboral, el empresario está obligado a adoptar medidas preventivas y de protección de carácter técnico, organizativo, procesal e higiénico adecuadas para proteger la salud de los trabajadores.

En el transcurso de su larga actividad profesional, ha pasado mucho tiempo asistiendo legalmente a los ex trabajadores de los astilleros, lugares donde se usaba masivamente el asbesto hasta la década de los noventa. Teniendo en cuenta que la enfermedad tiene un período de incubación de 30 a 40 años, es fácil deducir que, desafortunadamente, el pico de mortalidad se producirá alrededor de 2020. Entonces, ¿qué pueden estas personas pobres expuestas a ellos, a pesar de ellos mismos, este material asesino?

En primer lugar, me gustaría vigilar su salud y prevención: someterse regularmente a controles médicos específicos. Durante muchos años en la industria navalmeccanica – piense en los patios de Castellammare di Stabia, Monfalcone, Ancona, La Spezia y Palermo – se ha hecho “un uso desproporcionado de este mineral” utilizado en todas las obras de aislamiento de los barcos hasta, a a partir del ’92, su producción y procesamiento han sido prohibidos con la introducción de la ley número 257. Mientras tanto, cientos de trabajadores se enfermaron con asbestosis (falta de aliento, tos crónica, sibilancias) y patologías. Enfermedades oncológicas e incurables causadas por la inhalación de fibras de asbesto. Muchos de ellos han muerto con el paso de los años y muchos otros padecen trastornos respiratorios graves a diario. En este contexto de dolor y sufrimiento, muchos de los ex trabajadores o sus familias han iniciado acciones legales, confiando en personas calificadas y con experiencia que han podido hacer valer sus derechos por mucho tiempo negados: compensación sustancial, jubilación anticipada, compensación o anualidades. Por lo tanto, mi segunda sugerencia es reclamar los derechos de uno dirigiéndose, sin temor, a profesionales altamente especializados; En general, la asesoría es totalmente gratuita con una evaluación general del historial de trabajo y la situación médico-legal.

Para más información:www.studiolegalemeglio.it

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