En el acalorado debate sobre la introducción del salario mínimo en Italia, se enfrentan visiones opuestas: por un lado, la necesidad de proteger a los trabajadores más vulnerables; por otro, la sostenibilidad económica de las empresas y el equilibrio de la negociación colectiva. El abogado Marco Proietti, experto en derecho laboral y consultor del Ministerio de Trabajo, ofrece un análisis técnico y contracorriente sobre las consecuencias reales que tendría un salario mínimo fijado por ley en el tejido productivo italiano.

Abogado, usted sostiene que el salario mínimo legal no es aplicable en Italia debido al elevado peso fiscal y de contribuciones. ¿Cuáles serían, concretamente, los efectos de un salario mínimo de 9 euros por hora en las pequeñas y medianas empresas italianas, en términos de sostenibilidad económica y empleo?
El tejido productivo italiano se basa en un equilibrio complejo, donde la negociación colectiva representa el pilar capaz de equilibrar las necesidades empresariales y la protección laboral. Introducir un salario mínimo legal uniforme implicaría aplicar un mecanismo rígido sobre un sistema ya frágil, donde el peso fiscal y de contribuciones recae fuertemente sobre empresas y trabajadores. Un umbral de 9 euros por hora, impuesto por ley y aplicado de manera transversal a todos los sectores, no tendría en cuenta las profundas diferencias económicas y territoriales del país. En muchos sectores —comercio, servicios personales, artesanía y restauración— los márgenes de sostenibilidad son tan estrechos que un ajuste inmediato sería prácticamente inviable. El riesgo real sería empujar a las micro y pequeñas empresas hacia la irregularidad, no por evasión de normas, sino por supervivencia económica. Sin intervenciones estructurales sobre el costo del trabajo, el aumento forzado de los salarios podría traducirse en una reducción drástica de contrataciones regulares, incremento de contratos temporales o, en el peor de los casos, cierre de actividades menos sólidas. En otras palabras, la intención de proteger a los trabajadores podría generar el efecto contrario: reducir el empleo y ampliar el trabajo no declarado, con consecuencias negativas para la competitividad del sistema productivo.
Usted ha expresado preocupación de que el salario mínimo legal pueda “saltar por encima de los sindicatos” y anular el papel de la negociación colectiva. ¿Cómo podría ocurrir esto y cuáles serían las consecuencias para los trabajadores?
Una parte significativa del litigio laboral en Italia se relaciona con diferencias salariales y aplicación de convenios colectivos. Si una ley impusiera un salario único de 9 euros por hora, las empresas tendrían interés en adherirse estrictamente a esa cifra, evitando aplicar cualquier convenio colectivo. En la práctica, una vez respetado el mínimo legal, el empleador podría negociar “uno a uno” con el trabajador, garantizando solo los estándares legales y excluyendo a los sindicatos de la negociación. Así, el sindicato perdería su tema central —la remuneración— y su función se reduciría a un rol simbólico. La concertación, verdadero eje del modelo italiano, desaparecería.
Si el salario mínimo corre el riesgo de igualar las remuneraciones, la alternativa es fortalecer la negociación colectiva. ¿Cómo garantizar que los Contratos Colectivos Nacionales de Trabajo (CCNL) aseguren salarios justos y eviten los “contratos pirata”?
Existen dos vías complementarias. La primera es referirse a las tablas salariales del INPS, que reflejan los mínimos reales de cada sector y permiten ajustes coherentes con el costo de vida. La segunda, más estructural, es una ley sobre la representatividad sindical que otorgue validez “erga omnes” a los convenios colectivos suscritos por organizaciones verdaderamente representativas. Solo así se puede evitar la proliferación de los llamados contratos pirata, firmados por sindicatos menores para reducir costos laborales.
Usted propone una ley sobre la representatividad como clave para eliminar los contratos pirata y fortalecer las relaciones laborales. ¿Cuáles deberían ser sus pilares para garantizar su eficacia?
Se requieren dos elementos: transparencia y medición. Es necesario publicar datos sobre la consistencia numérica y los balances de los sindicatos, para determinar quién representa realmente a los trabajadores. Esto resolvería un problema pendiente desde 1949: la falta de implementación del artículo 39 de la Constitución, párrafos 3 y 4, que preveía la inscripción de los sindicatos y la validez general de los convenios firmados por los más representativos. La ausencia de esta norma produjo un efecto distorsionador: más de mil convenios colectivos depositados en el CNEL y un sistema incontrolable. Una ley de representatividad otorgaría certeza y haría más eficaz la negociación de segundo nivel.
En muchos países europeos el salario mínimo legal es una realidad consolidada. ¿Por qué en Italia sería diferente?
En realidad, en Italia ya existen mínimos salariales, pero fijados por convenios colectivos y no por ley. La principal diferencia con otros países europeos radica en el peso fiscal y de contribuciones: en Italia, por cada euro neto que recibe el trabajador, la empresa paga casi dos.
Este desequilibrio hace impracticable un salario mínimo elevado sin antes intervenir sobre impuestos y contribuciones. El error es creer que el problema es la tarifa horaria; en realidad, es la carga fiscal sobre el trabajo la que penaliza tanto a empleados como a empresas. Sin una reducción significativa del peso fiscal, cualquier salario mínimo sería solo simbólico, incapaz de mejorar realmente la condición de los trabajadores.















































